domingo, 13 de noviembre de 2011

ARTÍCULO 20. DERECHOS DE PROTECCIÓN.

habla de que los jovenes deben ser protejidos por toda clase de maltratos y situaciones que pongan en rriesgo su desarrollo 

los padres deben tratar de guiar a cada hijo y darle apoyo para que salga adelante apropiadamente.

los medios de comunicacion no deben mostrar pautas que contengan alcohol con menores de edad en ellas ni ecenarios de guerra o pautas perjudiciales para los jovenes 

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