domingo, 13 de noviembre de 2011

ARTÍCULO 21. DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD PERSONAL.

los jovenes no podran ser privados de su libertad a menos que sea puesto en este codigo.

padres los padres aunque este derecho perdure traten de educar correctamente a sus hijos

los medios de comunicacion deben dar pautas para que los jovenes no hagan delitos por esta ley 

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