codigo de infancia y adolecencia
domingo, 13 de noviembre de 2011
ARTÍCULO 23. CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL.
los jovenes tienen derecho a que sus padres tomen su custodia y tenga una vida mejor
los padres deben ejercer su custodia sobre su hijo y no hacer que sufra
los medios deberian mostrar que hacer para tomar dichas custodias
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Entrada más reciente
Entrada antigua
Inicio
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario